El Decreto Supremo N°44 es el nuevo reglamento sobre gestión preventiva de riesgos laborales en Chile. Fue publicado el 27 de julio de 2024 y entró en vigencia el 1 de febrero de 2025, derogando los antiguos Decretos Supremos N°40 y N°54, ambos de 1969 — el primero sobre prevención de riesgos profesionales, el segundo sobre constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
En otras palabras: si tu empresa todavía tiene procedimientos basados en el D.S. 40 o el D.S. 54, están obsoletos. El D.S. 44 los reemplaza por completo y agrega obligaciones que antes no existían.
El D.S. 44 aplica a toda empresa en Chile, pero las obligaciones específicas escalan según la dotación:
La Dirección del Trabajo supervisa el correcto funcionamiento de estos comités y verifica el cumplimiento de los sistemas de gestión implementados.
Además, el empleador debe evaluar el cumplimiento del programa de trabajo preventivo al menos una vez al año — no es un trámite de una sola vez, es un ciclo recurrente.
El incumplimiento del D.S. 44 expone a la empresa a fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo, observaciones de las Mutualidades de Seguridad y, en caso de un accidente laboral, a que la ausencia de evidencia de haber informado los riesgos juegue en contra de la empresa ante un eventual litigio. La carpeta física perdida o incompleta no es solo un problema administrativo — es un riesgo legal real.
Todos los documentos anteriores pueden firmarse electrónicamente bajo la Ley 19.799, con la misma validez legal que una firma manuscrita. FirmaWeb, además, está validado oficialmente por la Dirección del Trabajo (Ordinario N°79, 19 de febrero de 2025) para su uso en documentación laboral.
En la práctica, esto significa:
Puedes ver el detalle de un caso real de esta implementación en Digitalizando el cumplimiento del D.S. 44 con FirmaWeb.
¿El D.S. 44 reemplaza completamente al D.S. 40? Sí. El D.S. 44 deroga expresamente los Decretos Supremos N°40 y N°54, ambos de 1969.
¿Desde cuándo rige el D.S. 44? Desde el 1 de febrero de 2025.
¿Una empresa de 15 trabajadores necesita Comité Paritario? No necesariamente — con 10 a 25 trabajadores basta con designar un Delegado de SST, a menos que se constituya un Comité Paritario de todas formas.
¿La firma electrónica simple sirve para el Acta IRL? Sí, bajo la Ley 19.799 y validado por el Ordinario N°79 de la Dirección del Trabajo para uso en documentación laboral.
¿Qué es el MIPER y tengo que hacerlo si soy una empresa pequeña? Es la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos que exige el D.S. 44 para estructurar el programa preventivo. Aplica independiente del tamaño de la empresa, aunque su complejidad escala con el nivel de riesgo de la actividad.
Fuentes consultadas para este artículo:
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